Estas pensando en casarte o quieres cambiar el régimen económico de tu matrimonio. Has ido al notario y te ha hablado de las capitulaciones matrimoniales y aun no te queda muy claro de qué está hablando. Pues hoy te vamos a contar qué son las capitulaciones matrimoniales y cuándo hacerlas.
¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones matrimoniales son una especie de contrato en el que se fijan las normas que regularán la relación económica del matrimonio. Ambos cónyuges pueden elegir entre un régimen de separación de bienes o uno de bienes gananciales. Se suelen hacer ante notario y se pueden efectuar antes o después del matrimonio.
Tipos de capitulaciones matrimoniales
En España existen tres tipos de regímenes económicos del matrimonio:
- Bienes gananciales: Los cónyuges tienen un derecho común antes los bienes obtenidos por cualquiera de ellos.
- Separación de bienes: Con él, cada cónyuge es dueño de los bienes obtenidos por cada uno antes o después del matrimonio.
- Régimen de participación: conlleva el derecho de cada uno de los cónyuges a participar en las ganancias que el otro obtenga durante el tiempo en que el esté vigente.
¿Cuándo hacer capitulaciones matrimoniales?
El régimen económico en el que queremos que nuestro matrimonio se rija se puede hacer antes o después del matrimonio. El único requisito para hacer estas capitulaciones matrimoniales es que ambos estén de acuerdo y que una vez hayan escogido el régimen económico en el que quieren basar su matrimonio. Ir a un notario para que les haga el contrato y que ambos lo firmen. Si se hace antes del matrimonio entrará en vigor después de la boda. Si se hace después del matrimonio entrará en vigor en el momento de la firma. ¿Ya tiene más clara la idea? Pues ahora os toca decidir qué régimen económico queréis para vuestro matrimonio y firmarlo ante notario.
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