El objetivo principal de esta reforma que ha entrado en vigor el pasado 9 de mayo de este año, es la de adaptar algunos de los contenidos de la norma a la realidad actual, aumentando la seguridad y protección de todos los usuarios de la vía, en especial de los más débiles y sancionando con mayor dureza las conductas más peligrosas y reincidentes.
Estos son algunos de los puntos más importantes y relevantes que se han modificado:
- 1. Los menores de 16 años, conductores u ocupantes de bicicletas deben utilizar siempre el casco de protección.
- 2. Se eleva a 1.000 euros y la detracción de 6 puntos del carnet, la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo (salvo las sustancias con prescripción facultativa) y/o de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia.
- 3. Los conductores y demás usuarios de la vía están obligados a someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.
- 4. Se puede inmovilizar un vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil.
- 5. El vehículo que adelante a un ciclista deberá guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros y podrá ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario. Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.
- 6. Se prohíben los detectores de radar, no así los dispositivos que exclusivamente informan de la ubicación de los radares.
- 7. Los agentes que regulan la circulación podrán multar sin necesidad de parar al conductor, cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
- 8. En el próximo Reglamento General de Circulación, se recogerán modificaciones en las velocidades máximas, tanto en límites inferiores como superiores.
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