La titularidad de los vehículos es un hecho que debemos tener en cuenta si una persona fallece ya que los trámites para hacer el cambio de titularidad, aunque sencillos, requieren de algunos papeleos a tener en cuenta para poder realizarlo de forma totalmente legal.
Cuando una persona fallece es conveniente transferir la titularidad del vehículo a la persona que vaya a usarlo o quedárselo posteriormente al fallecimiento del titular. Se puede dar el caso de que no hubiera determinado un dueño definitivo, por lo que lo ideal es realizar el cambio a uno de los familiares más cercanos siempre y cuando el testamento no lo impida y el resto de herederos esté de acuerdo.
Intentaremos explicar paso a paso cómo se debe hacer la transferencia de un vehículo, cuyo dueño haya fallecido e incluso sin que tengamos su DNI.
– Una vez hayamos visto y elegido el vehículo, lo primero que haremos es llamar a Tráfico para, por medio de la matrícula, verificar que no es un coche robado ni está reclamado por la justicia.
– Obtener con certeza todas las posibles deudas que tenga contraídas el vehículo (impuesto de circulación, ITV, etc).
– Debemos localizar a los herederos (y por tanto propietarios del vehículo) para llegar al acuerdo y cerrar la operación.
– Una vez comprado el coche mediante contrato de compra-venta entre particulares, se puede acudir a un Notario para que de fe de que el coche pertenece realmente a quien figura como titular.
– En el notario debemos realizar un Acta de Manifestaciones, que es lo mismo que un Acta de Notoriedad pero más fácil y sin necesidad de testigos.
– Lo siguiente es regularizar el Impuesto de Circulación. Para eso debemos ponernos en contacto con el Ayuntamiento donde esté dado de alta el vehículo. Aunque parezca extraño, valdrá con pagar el del año en curso, porque la deuda se imputa a la persona y no al vehículo.
– En este punto ya tendremos el contrato de compra-venta, el DNI del dueño actual (que no del titular, puesto que ha fallecido), el acta notarial y el impuesto de circulación pagado. Sólo faltará pasar la ITV en caso de que sea necesario. Para ello llevaremos el coche en un camión grúa, puesto que no puede circular por carretera.
– Con toda esta documentación, iremos a la Delegación de Hacienda para hacer el cambio de titular. Ahí deberemos abonar el importe de dos transferencias del vehículo: la del fallecido al dueño actual, y de éste a nosotros. Para ello deberemos indicar el precio pactado para la compra-venta del vehículo.
– Por último, habiendo recopilado toda la documentación, nos personaremos en Tráfico, donde rellenaremos una petición de cambio de nombre de titular, que firmaremos el comprador y el vendedor. Abonaremos las tasas y nos entregarán la nueva documentación a nuestro nombre.
Como podemos comprobar, se trata de una gestión que podremos realizar nosotros personalmente, aunque es mucho más fácil confiar toda esta tramitación a una gestoría especializada, que nos ahorrará tiempo, problemas y muchos quebraderos de cabeza.
Si tuviera alguna duda al respecto o sencillamente prefiere olvidarse de este ajetreo, puede dejar estos trámites en manos de profesionales que lo realizarán con total seguridad y garantía. En Getoría Cebrian estamos especializados en la materia y le ofrecemos un servicio garantizado y avalado por nuestra seriedad y profesionalidad.
{rsform 10}
Tengo un duna en condominio, un titular falleció y quiero transferir