La puesta en marcha en España del carnet por puntos el 1 de julio de 2006 supuso un antes y un después a la hora de temer la llegada de una multa en nuestro domicilio tras una infracción de tráfico. Ahora, ese error no solo supondrá un desembolso económico, sino que se corre el riesgo de agotar los puntos de nuestro carnet y perder el permiso para conducir. El carnet por puntos ha intentado cambiar algunos hábitos en la conducción. Su presencia supone la posibilidad de sacar de las carreteras a conductores infractores reincidentes de faltas graves o muy graves. Ha servido, sin duda, para concienciar acerca del cumplimiento de las normas para la seguridad vial y conseguir una reeducación de los infractores.
De entrada, cada conductor cuenta con doce puntos en su carnet. Solo los recién llegados, con menos de tres años de experiencia, cuentan con solo ocho puntos, al igual que aquellos que lo perdieron y han tenido que hacer un curso acreditado para poder recuperarlo. Si en tres años no se comete ninguna infracción se añaden dos puntos, y si nos mantenemos por el buen camino tres años más, sumaremos otro punto más. Por este motivo, al ir a consultar tu saldo de puntos puede que tengamos 15 puntos.
Ahora afrontemos el duro momento en el que el crédito de puntos comienza a bajar. Para comenzar, podemos saber fácilmente cuántos puntos tenemos de manera inmediata y on line Para ello debemos acceder a la web de la DGT con un carnet de conducir en vigor. La plataforma digital de esta institución nos ofrece varias opciones:
- Consulta con Cl@ve: podrás conocer tu saldo de puntos y las sanciones que han llevado a la reducción de puntos.
- Consulta con certificado digital o DNI electrónico.
- Consulta con usuario y contraseña
¿Y a qué debemos atenernos? Es decir, ¿Cuántos puntos podemos perder? Ello dependerá del tipo de infracción y de su gravedad. El máximo de puntos que se pueden perder de una tacada es seis y corresponden a infracciones graves como la conducción bajo efectos del alcohol (superior a 0,50 mg/l), conducir bajo efectos de drogas, o si te niegas a someterte al test de alcoholemia o drogas, entre otras. El exceso de velocidad se penaliza con la quita de 2 a 6 puntos. Usar el móvil o solo tenerlo sujeto en la mano durante la marcha supone seis puntos del carnet de conducir, además de una sanción económica de 500 euros. Llevar un detector de radares supone multa de 500 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet. No usar el cinturón de seguridad sigue siendo 200 euro de multa, pero ya se pierden 4 puntos, desde el pasado 2 de enero. Y cuidado con este cambio: Hasta ahora, en carreteras secundarias, se permitía sobrepasar el límite de velocidad en hasta 20 kilómetros siempre y cuando fuera para realizar una maniobra de adelantamiento. A partir del 2 de enero queda totalmente prohibido.
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