La cotización por ingresos reales para los autónomos es un anhelo largamente exigido que aun no ha quedado implantada, por lo que debe ser el propio autónomo quien elija la base por la que desea cotizar. Como punto de partida diremos que los autónomos pueden cambiar su base de cotización hasta un máximo de cuatro veces al año, por el tramo que deseen, siempre que partan de la base mínima, fijada actualmente en 944,4 euros. El máximo de cotización se sitúa actualmente en 4.070,10 euros. Es dentro de estos márgenes donde el profesional por cuenta propia puede elegir, a día de hoy, la cantidad por la que desea cotizar. La base de cotización es el parámetro que marca la cuantía de las prestaciones que percibirá un autónomo o un asalariado en caso de sucederle cualquier contingencia presente (enfermedad, accidente, paro, incapacidad, maternidad,…) y es la premisa más importante para el cálculo de su futura pensión. Como es sabido, cuanto más baja sea la base a la que se acoja, menos pagará de cuota, pero evidentemente menores serán las coberturas. A pesar de esas variadas opciones, más del 80% de los autónomos cotizan lo mínimo, sin duda para reducir el coste mensual que suponen la Seguridad Social, y que incide directamente en la cantidad con la que el profesional llega a fin de mes.
En función al cambio que se deida, pagará más o menos cuota, siendo el mínimo 283,3 euros mensuales (si no se está acogido a la tarifa plana) y de 1.220 euros mensuales en la base máxima. Existen una serie de indicadores a modo de alarmas para saber en qué momento es necesario aumentar la base de cotización. Estudios realizados indican que si facturación del profesional supera los 2.000 € al mes debería plantearse un aumento de cotización ya que eso les daría opción a una pensión mas alta. No obstante hay que señalar que la Seguridad Social únicamente tiene en cuenta los últimos 21 años de cotización, por lo que la edad es también un factor deerminante, aconsejando que ese aumento se produzca a partir de una edad estimada de 42 años.
Debemos saber que con la última reforma de la Ley de Autónomos ya no es posible cambiar libremente la base de cotización una vez se cumplen los 47 años. Este cambio puede realizarse online a través de Sede Electrónica. Para ello deberás hacer clic sobre la pestaña “solicitud de cambio de base de cotización (Autónomos)” , modificándola libremente hasta cuatro veces al año, con el objetivo de poder ajustarla a cambios de facturación o estacionalidad del negocio.
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